lunes, 9 de mayo de 2016

Clases de Arbitrajes


CLASES DE ARBITRAJE

El arbitraje puede ser de tres clases generalmente, pero según el resultado que este arroje:
1. En derecho: se  fundamentan las decisiones en el ordenamiento jurídico vigente en donde no se
Utiliza una norma que ya estaba derogada (el árbitro debe ser abogado)
2. En equidad: es aquel en el que se decide bajo el sentido común y la equidad, es decir no se ven las normas.
3. Técnico: es cuando versa sobre conflictos especializados y se pronuncian de acuerdo a su conocimiento.
Arbitraje legal: regula por el Decreto 2279 y se rige por este. Arbitraje institucional:
Se rige por el reglamento de la entidad encargada, si bien tiene características especiales
En realidad se rige por la ley, decisiones voluntarias, experiencia de las instituciones que se dedican a ello.
Arbitraje independiente: las partes deciden como se adelanta el trámite.
Arbitraje de mayor cuantía: de 400 salarios mínimos en adelante y se debe desarrollar con 3 árbitros.
Arbitraje de menor cuantía: hasta 400 salarios mínimos y se debe desarrollar con 1 solo árbitro.
Arbitraje colegiado: son tres árbitros,  siempre número impar, además atienden a la cuantía del proceso, sabiendo que las partes pueden pactar con libertad.
Arbitraje único: un solo árbitro, atendiendo a la cuantía y a la libertad que tienen para pactar las partes.
Arbitraje forzoso o voluntario: de manera general el arbitraje se desarrolla voluntariamente, pero tiene una excepción y es en materia laboral, con respecto a conflictos sindicales con un tiempo largo sin solución y que tenga determinado número de miembros.

Arbitraje nacional e internacional: se pacta con libertas, con respecto también al reglamento dela cámara de comercio del país. 


                                                                             



                                                                        







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