CARACTERÍSTICAS
La corte constitucional
según la sentencia C-160 de 1999, estableció como características de la conciliación
las siguientes:
a. Es un instrumento
de autocomposición de un conflicto por la voluntad concertada o
el consenso de las
partes.
b. Es una actividad
preventiva
c. No tiene estricto
sentido de carácter judicial
d. Es un mecanismo
útil para la solución del conflicto
e. La conciliación
tiene un ámbito de lo conciliables, es decir los susceptibles de ser negociados
o transigibles. Las características anteriores surgieron gracias a la diferenciación
que tiene este método frente a los alternativos de solución del conflicto.
Es así como el programa para la armonización de la justicia,
estableció las características
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